..Una vez más..los perros judíos metidos en todas las mierdas habidas y por haber...

sábado, 24 de mayo de 2014

El Mito de la Creación de Israel..

Hay una creencia ampliamente aceptada de que la Resolución 181 de la Asamblea General de Naciones Unidas "creó" el Estado de Israel, basada en el entendimiento de que esta resolución dividía Palestina o, de alguna forma, confería autoridad legal o legitimidad a la declaración de la existencia del Estado de Israel. Sin embargo, a pesar de su popularidad, esta creencia en realidad no tiene base, como lo demuestran indiscutiblemente la revisión de la historia de dicha resolución y el examen de los principios jurídicos.


Gran Bretaña había ocupado Palestina durante la Primera Guerra Mundial, y en Julio de 1922 la Liga de Naciones emitió su mandato para Palestina, el cual reconocía al gobierno británico como la potencia ocupante y le confería efectivamente la apariencia de autoridad legal para administrar provisionalmente el territorio. El 2 de Abril de 1947, tratando de hurtarse del conflicto que había surgido en Palestina entre árabes y judíos, como resultado del movimiento sionista que tenía como objetivo establecer en Palestina un "hogar nacional para el pueblo judío", el Reino Unido presentó una carta a la ONU solicitando al Secretario General "poner el asunto de Palestina en la agenda de la Asamblea General en su próximo período anual ordinario de sesiones", y pidiendo a la Asamblea "hacer recomendaciones, de acuerdo al artículo 10 de la Carta de la ONU, con respecto al futuro gobierno de Palestina". Con dicha finalidad, el 15 de Mayo la Asamblea General aprobó la Resolución 106, que estableció elComité Especial de Naciones Unidas para Palestina (UNSCOP) para investigar "la cuestión de Palestina", y para que "prepare un informe a la Asamblea General" con base en sus conclusiones, y para "presentar las propuestas que considere apropiadas para la solución del problema de Palestina". El 3 de Septiembre el UNSCOP publicó su informe ante la Asamblea General, declarando su recomendación mayoritaria de que Palestina fuera dividida en Estados separados, uno árabe y otro judío. El informe señalaba que la población de Palestina a fines de 1946 se estimaba en casi 1.846.000 personas, de las cuales 1.203.000 eran árabes (65%) y 608.000 judíos (33%). El crecimiento de la población judía había sido principalmente el resultado de la inmigración, mientras que el crecimiento de la población árabe había sido "casi en su totalidad" debido al crecimiento natural. El informe determinaba que no había "una clara separación territorial de árabes y judíos mediante grandes áreas contiguas", e incluso en el distrito de Jaffa, que incluía a Tel-Aviv, los árabes constituían la mayoría. Las estadísticas de los propietarios de la tierra desde 1945 mostraban que los árabes poseían más tierra que los judíos en cada distrito de Palestina. El distrito con el mayor porcentaje de propiedad judía era Jaffa, donde el 39% de la tierra estaba en manos de judíos, comparado con el 47% poseído por los árabes. En toda Palestina al momento en que el UNSCOP publicó su informe, los árabes poseían 85% de la tierra, mientras que los judíos eran dueños de menos del 7% .
A pesar de estos hechos, la propuesta del UNSCOP era que el Estado árabe debía constituírse solamente con el 45,5% de la totalidad de Palestina, mientras que a los judíos se les otorgaría el 55,5% de la superficie total para su Estado. El informe del UNSCOP reconocía que:


"En cuanto al principio de la auto-determinación, aunque este principio recibió reconocimiento internacional al final de la Primera Guerra Mundial y se ha respetado en lo que respecta a los otros territorios árabes, en el momento de la creación de los mandatos de clase A, las ex-provincias otomanas de Iraq, Siria, Líbano y Palestina,no fue aplicado a Palestina, obviamente debido a la intención de posibilitar la creación del Hogar Nacional Judío allí. En realidad, bien puede decirse que el Hogar Nacional Judío y el sui generis Mandato para Palestina van en contra de ese principio".


En otras palabras, el informe reconocía explícitamente que la negación de la independencia palestina con el fin de lograr el objetivo de establecer un Estado judío constituía una negación del derecho de la mayoría árabe a la auto-determinación. Y sin embargo, a pesar de este reconocimiento, el UNSCOP había aceptado esa negación de los derechos árabes que están dentro de los límites de un marco legítimo y razonable para lograr una solución.


Tras la publicación del informe del UNSCOP, el Reino Unido emitió un comunicado declarando su conformidad con las recomendaciones del informe, pero agregando que "si la Asamblea recomendara una política que no fuera aceptable tanto para judíos como para árabes, el gobierno del Reino Unido no se sentiría capaz de implementarlo". La posición de los árabes había sido clara desde el principio, pero el Comité Superior Árabe emitió una declaración el 29 de Septiembre reiterando que "los árabes de Palestina estaban decididos a oponerse con todos los medios a su disposición a cualquier proyecto que tuviera previsto una segregación o partición, o que otorgara a una minoría un status especial y preferencial". En vez de ello,


"abogaban por la libertad y la independencia de un Estado árabe en toda Palestina que respetaría los derechos humanos, las libertades fundamentales y la igualdad de todas las personas ante la ley, y protegería los legítimos derechos e intereses de todas las minorías, garantizando al mismo tiempo la libertad de culto y el acceso a los Santos Lugares" .


El Reino Unido emitió luego una declaración en la que reitera "que el Gobierno de Su Majestad no podría desempeñar un papel importante en la implementación de un proyecto que no fuera aceptable para ambas partes, árabes y judíos", pero agregando "que ellos, sin embargo, no quisieran impedir la puesta en práctica de una recomendación aprobada por la Asamblea General".


El Comité Ad Hoc para la Cuestión Palestina fue establecido por la Asamblea General poco después de la publicación del reporte del UNSCOP a fin de seguir estudiando el problema y hacer recomendaciones. Un sub-comité fue establecido a su vez, el cual tenía la tarea de examinar los aspectos jurídicos relativos a la situación en Palestina, y publicó el informe de sus investigaciones el 11 de Noviembre. Allí se hacía notar que el informe del UNSCOP había aceptado como premisa básica "que las reclamaciones de Palestina tanto de árabes como de judíos poseían validez", lo cual "no estaba apoyado por ninguna razón convincente y es demostrablemente contrario al peso de toda la evidencia disponible". Con la terminación del Mandato y la subsecuente retirada de los británicos, "no hay ningún obstáculo adicional para convertir Palestina en un Estado independiente", lo que "sería la culminación lógica de los objetivos del Mandato" y del Pacto de la Liga de las Naciones. El informe establecía que "la Asamblea General no tiene competencia para recomendar, y menos aún para hacer cumplir, cualquier otra solución aparte del reconocimiento de la independencia de Palestina, y que el establecimiento del futuro gobierno de Palestina es un asunto exclusivo del pueblo de Palestina". El reporte concluía que "ninguna discusión adicional del problema de Palestina parece ser necesario o apropiado, y este tema debe ser borrado de la agenda de la Asamblea General", pero que si hubiera una disputa sobre este punto, "sería esencial obtener la opinión asesora de la Corte Internacional de Justicia sobre este asunto", como ya había sido pedida por varios Estados árabes. Concluía además que el plan de partición era "contrario a los principios de la Carta, y Naciones Unidas no tiene poder para darle cumplimiento". Naciones Unidas no podría


"privar a la mayoría del pueblo palestino de su territorio y transferirlo para uso exclusivo de una minoría en el país… LaOrganización de Naciones Unidas no tiene poder para crear un nuevo Estado. Tal decisión sólo puede ser tomada por la libre voluntad del pueblo de los territorios en cuestión. Dicha condición no se cumple en el caso de la propuesta de la mayoría, por cuanto implica el establecimiento de un Estado judío con total desprecio de los deseos e intereses de los árabes de Palestina".


Sin embargo, la Asamblea General aprobó la Resolución 181 el 29 de Noviembre con 33 votos a favor, 13 en contra y 10 abstenciones. El texto relevante de la resolución afirmaba:


«La Asamblea General...


Recomienda al Reino Unido, como la potencia mandataria para Palestina, y a todos los demás miembros de Naciones Unidas, la adopción e implementación, con respecto al futuro gobierno de Palestina, del Plan de Partición con Unión Económica que figura a continuación;


Solicita que:


(A) El Consejo de Seguridad tome las medidas necesarias tal como se establece en el plan para su aplicación;


(B) El Consejo de Seguridad considere, si las circunstancias durante el período de transición requirieran tal consideración, si la situación en Palestina constituye una amenaza para la paz. Si se decide que tal amenaza existe, y con el fin de mantener la paz y la seguridad internacionales, el Consejo de Seguridad debería complementar la autorización de la Asamblea General tomando las medidas, de acuerdo a los artículos 39 y 41 de la Carta (de Naciones Unidas), para facultar a la Comisión de Naciones Unidas, según lo dispuesto en esta resolución, para ejercer en Palestina las funciones que le son asignadas mediante esta resolución;


(C) El Consejo de Seguridad determine como una amenaza para la paz, quebrantamiento de la paz o acto de agresión, en conformidad con el artículo 39 de la Carta, cualquier intento de alterar por la fuerza el acuerdo contemplado mediante esta resolución;


(D) El Consejo de Control Administrativo (Trusteeship Council) sea informado de las responsabilidades previstas para él en este plan;


Hace un llamado a los habitantes de Palestina para que tomen las medidas que sean necesarias de su parte para poner este plan en efecto;


Llama a todos los gobiernos y a todos los pueblos para que se abstengan de tomar medidas que puedan obstaculizar o retrasar la ejecución de estas recomendaciones...».

Una simple lectura del texto es suficiente para mostrar que la resolución no dividía Palestina ni ofrecía ninguna base legal para hacerlo. Simplementerecomendaba que el plan de partición fuera implementado y solicitaba al Consejo de Seguridad que tomara cartas en el asunto a partir de allí. Yexhortaba a los habitantes de Palestina a aceptar el plan, pero ellos ciertamente no tenían ninguna obligación de hacerlo.

Un Plan Nunca Puesto en Práctica

De este modo, el asunto fue tratado por el Consejo de Seguridad, donde, el 9 de Diciembre, el representante de Siria ante la ONU Faris el-Khouri observó que "la Asamblea General no es un gobierno mundial que pueda dictar órdenes, dividir Estados o imponer constituciones, normas, regulaciones y tratados sobre la gente sin su consentimiento". Cuando el representante soviético Andrei Gromyko sostuvo la opinión contraria diciendo que "la resolución de la Asamblea General debe ser implementada" por el Consejo de Seguridad, El-Khouri respondió señalando además que


"Algunos párrafos de la resolución de la Asamblea General que conciernen al Consejo de Seguridad, se refieren al Consejo mismo, a saber, los párrafos (a), (b) y (c), que describen las funciones del Consejo de Seguridad con respecto a la cuestión palestina. Todos los miembros del Consejo de Seguridad están familiarizados con las funciones del Consejo, que están bien definidas y claramente establecidas en la Carta de Naciones Unidas. No creo que la resolución de la Asamblea General pueda añadir o eliminar alguna de estas funciones. Las recomendaciones de la Asamblea General se sabe bien que son recomendaciones, y los Estados miembros no están obligados a aceptarlas por la fuerza. Los Estados miembros pueden aceptarlas o no, y lo mismo se aplica al Consejo de Seguridad" .


El 6 de Febrero de 1948 el Comité Superior Árabe comunicó nuevamente al Secretario General de Naciones Unidas su posición en cuanto a que el plan de partición era "contrario a la letra y el espíritu de la Carta de Naciones Unidas".Naciones Unidas "no tiene jurisdicción para ordenar o recomendar la partición de Palestina. No hay nada en la Carta que justifique tal autoridad, y en consecuencia la recomendación de la partición es ultra vires está más allá de sus poderes o atribuciones y es por lo tanto nula y sin efecto". Además, el Comité Superior Árabe señaló que


"Las delegaciones árabes presentaron propuestas en el Comité Ad Hoc con el fin de remitir toda la cuestión jurídica planteada para un dictamen de la Corte Internacional de Justicia. Dichas propuestas nunca fueron sometidas a votación por el presidente de la Asamblea.Naciones Unidas es un organismo internacional encargado de hacer cumplir la paz y la justicia en los asuntos internacionales. ¿Cómo se podría tener confianza en dicho órgano si derechamente y sin razón se niega a remitir dicha controversia a la Corte Internacional de Justicia?.


"Los árabes de Palestina nunca reconocerán la validez de las recomendaciones extorsionadoras de partición ni la autoridad de Naciones Unidas para llevarlas a cabo", declaró el Comité Superior Árabe, y ellos "considerarían que cualquier intento por parte de los judíos o de cualquier potencia o grupo de potencias para establecer un Estado judío en territorio árabe es un acto de agresión que será resistido en defensa propia mediante la fuerza".


El 16 de Febrero la Comisión de Naciones Unidas para Palestina, encargada por la Asamblea General de preparar la transferencia de autoridad desde la Potencia mandataria a los gobiernos sucesores bajo el plan de partición, publicó su primer informe ante el Consejo de Seguridad. Llegó a la conclusión, sobre la base del rechazo árabe, de que "se ve enfrentada a un intento de abandonar sus propósitos, y de anular la resolución de la Asamblea General", y pedía al Consejo de Seguridad que proporcionara una fuerza armada "que es lo único que permitiría a la Comisión cumplir con sus responsabilidades en cuanto a la terminación del Mandato". En efecto, la Comisión Palestina había determinado que el plan de partición debería ser implementado por medio de la fuerza en contra de la voluntad de la mayoría de la población de Palestina.


En respuesta a esta sugerencia, Colombia presentó un borrador de resolución del Consejo de Seguridad haciendo notar que la Carta de Naciones Unidas "no ha autorizado al Consejo de Seguridad para crear fuerzas especiales para los propósitos indicados por la Comisión de Naciones Unidas para Palestina". El delegado estadounidense Warren Austin declaró de manera similar en la reunión 253 del Consejo de Seguridad, el 24 de Febrero, que


"El Consejo de Seguridad está autorizado para tomar medidas de fuerza con respecto a Palestina para eliminar una amenaza a la paz internacional. La Carta de Naciones Unidas no faculta al Consejo de Seguridad para hacer cumplir un acuerdo político ya sea en virtud de una recomendación de la Asamblea General o del mismo Consejo de Seguridad. Lo que esto significa es lo siguiente: El Consejo de Seguridad, de acuerdo a la Carta, puede tomar medidas para prevenir la agresión contra Palestina desde el exterior. El Consejo de Seguridad, por estos mismos poderes, puede tomar medidas para prevenir una amenaza a la paz y la seguridad internacionales desde el interior de Palestina. Pero esta acción debe dirigirse exclusivamente al mantenimiento de la paz internacional. La acción del Consejo de Seguridad, en otras palabras, está encaminada a mantener la paz y no a poner en ejecución una partición".


Estados Unidos, sin embargo, presentó su propio proyecto de texto aceptando de manera más ambigua las demandas de la Comisión para Palestina "sujeta a la autoridad del Consejo de Seguridad según la Carta". Faris el-Khouri se opuso al borrador de EE.UU. sobre la base de que "antes de aceptar estas tres peticiones, es nuestro deber comprobar si están o no dentro del marco del Consejo de Seguridad como lo ha definido la Carta. Si se comprueba que no, debemos rechazar aceptarlas". Él recordó la propia declaración de Austin acerca de la falta de autoridad del Consejo de Seguridad, diciendo: "Se desprende de este hecho innegable que cualquier recomendación sobre un acuerdo político sólo puede implementarse si las partes involucradas lo aceptan voluntariamente y lo complementan". Además, "el plan de partición en sí mismo constituye una amenaza para la paz, siendo rechazado abiertamente por todos aquellos a cuyas expensas iba a ser puesto en efecto". Austin a su vez explicó la intención del borrador de EE.UU. indicando que su aceptación de la Resolución 181 está


"sujeta a la limitación de que la fuerza armada no puede utilizarse para la ejecución del plan, ya que la Carta limita el uso de la fuerza deNaciones Unidas específicamente a las amenazas y rompimientos de la paz y a las agresiones que afecten a la paz internacional. Por lo tanto, debemos interpretar la resolución de la Asamblea General en el sentido de que las medidas de Naciones Unidas para poner en práctica la presente resolución son medidas pacíficas".


Más encima, explicó Austin, el proyecto estadounidense


"no autoriza el uso de una imposición forzosa, de acuerdo a los artículos 39 y 41 de la Carta que facultan a la Comisión de Naciones Unidas a ejercer en Palestina las funciones asignadas a ella por la resolución, porque la Carta no autoriza ni a la Asamblea General ni al Consejo de Seguridad a hacer tal cosa.


Cuando el Consejo de Seguridad adoptó finalmente una resolución el 5 de Marzo, se limitó a hacer una nota de "Haber recibido la Asamblea General la resolución 181" y el primer informe mensual de la Comisión para Palestina, y resolvió:


"llamar a los miembros permanentes del Consejo para consultar e informar al Consejo de Seguridad sobre la situación con respecto a Palestina y, como resultado de dichas consultas, hacer las recomendaciones relativas a la orientación y las instrucciones que el Consejo podría dar de manera útil a la Comisión de Palestina con miras a la aplicación de la resolución de la Asamblea General".


Durante los posteriores debates del Consejo de Seguridad sobre la forma de proceder, Austin observó que había quedado "claro que el Consejo de Seguridad no está preparado para seguir adelante con los esfuerzos para implementar este plan en la situación actual". Al mismo tiempo era evidente que la anunciada finalización del mandato del Reino Unido el 15 de Mayo "daría lugar, a la luz de la información disponible, al caos, a intensos combates y a la pérdida de muchas vidas en Palestina". La ONU no puede permitir esto, dijo, y el Consejo de Seguridad tenía la responsabilidad y la autoridad, de acuerdo con la Carta, de actuar para impedir tal amenaza para la paz. Estados Unidos también propuso establecer un fideicomiso sobre Palestina para dar otra oportunidad a los judíos y árabes de llegar a un acuerdo. A la espera de que se celebre una reunión extraordinaria de la Asamblea General con ese fin, "creemos que el Consejo de Seguridad debería dar instrucciones a la Comisión Palestina para que suspenda sus esfuerzos para llevar a cabo el plan de partición propuesto".


El presidente del Consejo de Seguridad, hablando en su calidad de representante de China, respondió: "Naciones Unidas fue creada principalmente para el mantenimiento de la paz internacional. Sería trágico en realidad siNaciones Unidas, al intentar una solución política, llegaran a ser la causa de una guerra. Por estas razones mi delegación apoya los principios generales de la propuesta de la delegación de Estados Unidos". En una reunión posterior del Consejo de Seguridad, el delegado de Canadá señaló que el plan de partición "está basado en una serie de presunciones importantes", siendo la primera de las cuales que "se ha supuesto que las dos comunidades que habitan en Palestina cooperarían en la puesta en vigor de la solución al problema de Palestina, que fue recomendada por la Asamblea General". El delegado de Francia, mientras rechazaba prorrogar la aprobación o desaprobación de la propuesta de EE.UU., señaló que ello permitiría un gran número de soluciones alternativas al plan de partición, incluyendo "un Estado único, con suficientes garantías para las minorías". El representante de la Agencia Judía para Palestina leyó una declaración que rechazaba categóricamente "cualquier plan para establecer un régimen de administración fiduciaria en Palestina", que "supondría necesariamente una negación del derecho judío a la independencia nacional".


Consciente del empeoramiento de la situación en Palestina, y deseando evitar un posterior debate, EE.UU. propuso otro proyecto de resolución pidiendo una tregua entre los grupos armados árabes y judíos, proyecto que Austin señaló que "no perjudicaría los reclamos de los dos grupos" y el cual "no menciona ninguna administración fiduciaria". Fue adoptado como la Resolución N° 43 el 1° de Abril. La resolución 44 fue aprobada también el mismo día requiriendo que "el Secretario General, de conformidad con el artículo 20 de la Carta de Naciones Unidas, convocara una sesión especial de la Asamblea General con el objetivo de examinar más a fondo la cuestión del futuro gobierno de Palestina". La resolución 46 reiteraba el llamado del Consejo de Seguridad para el cese de las hostilidades en Palestina, y la resolución 48 estableció una "Comisión de Tregua" para promover el objetivo de la aplicación de sus resoluciones pidiendo un fin a la violencia.


El 14 de Mayo un día antes de que expirara el Mandato británico la jefatura sionista declaró unilateralmente la existencia del Estado de Israel, citando la Resolución 181 como constituyendo "el reconocimiento por parte deNaciones Unidas del derecho del pueblo judío a establecer su Estado". Como se preveía, se produjo la guerra. (...)




Conclusión


El Plan de Partición presentado por el Comité Especial de Naciones Unidas para Palestina (UNSCOP) buscaba crear dentro de Palestina un Estado judío contrario a la voluntad expresa de la mayoría de sus habitantes. A pesar de que los judíos constituían sólo un tercio de la población y poseían menos del 7% de la tierra, el plan buscaba otorgarles más de la mitad de Palestina con el propósito de crear el Estado judío. En otras palabras, tomaría la tierra de los árabes y se la daría a los judíos. La injusticia inherente al Plan de Partición se encuentra en marcado contraste con el plan alternativo propuesto por los árabes, que era el de un independiente Estado de Palestina en el cual los derechos de la minoría judía serían reconocidos y respetados, y donde a la población judía se le permitiría una representación en un gobierno democrático. El plan de partición era descaradamente perjudicial para los derechos de la población de mayoría árabe, y se basaba en el rechazo de su derecho a la auto-determinación. Esto es tanto más controversial en la medida en que el informe del UNSCOP reconocía explícitamente que la propuesta de crear un Estado judío en Palestina era contraria al principio de auto-determinación. El plan se basaba también en la suposición errónea de que los árabes simplemente consentirían en que sus tierras les fueran arrebatadas y voluntariamente cederían sus derechos de población mayoritaria, incluido su derecho a la auto-determinación.


La Resolución N° 181 de la Asamblea General de Naciones Unidas ni dividía legalmente Palestina ni confería a los dirigentes sionistas ninguna autoridad legal para declarar unilateralmente la existencia del Estado judío de Israel. Simplemente recomendaba que el plan de partición del UNSCOP fuera aceptado e implementado por las partes interesadas. Naturalmente, para tener algún peso legal, el plan, como cualquier contrato, tendría que haber sido formalmente acordado por ambas partes, lo que no ocurrió. Ni tampoco pudo legalmente la Asamblea General haber dividido Palestina ni haber conferido autoridad legal a los líderes sionistas para la creación de Israel, por cuanto ella simplemente no tenía tal potestad. Cuando el Consejo de Seguridad tomó cartas en el asunto planteado por la Asamblea General, no pudo llegar a ningún consenso sobre cómo proceder con la implementación del plan de partición. Siendo evidente que el plan no podía ser llevado a la práctica por medios pacíficos, la sugerencia de que fuera implementado por la fuerza fue rechazada por los miembros del Consejo de Seguridad. El hecho simple del asunto es que el plan nunca fue puesto en marcha. Numerosos delegados de los Estados miembros, incluído EE.UU., llegaron a la conclusión de que el plan era impracticable, y, además, que el Consejo de Seguridad no tenía autoridad para aplicar dicho plan, excepto por consentimiento mutuo de las partes involucradas, consenso que estuvo ausente en este caso.


Estados Unidos, Siria, y otros miembros de Naciones Unidas tenían razón en sus observaciones de que si bien el Consejo de Seguridad tenía la autoridad para declarar una amenaza a la paz y autorizar el uso de la fuerza para hacer frente a eso y mantener o restablecer la paz y la seguridad, no tenía ninguna autoridad para poner en práctica por la fuerza un plan para dividir Palestina en contra de la voluntad de la mayoría de sus habitantes. Cualquier intento de usurpar dicha autoridad tanto por parte de la Asamblea General o del Consejo de Seguridad hubiera sido una violación prima facie [a primera vista] del principio fundamental de la Carta del respeto por el derecho a la auto-determinación de todos los pueblos, y por lo tanto nula y sin efecto según el derecho internacional.


En resumen, la afirmación popular de que la ONU "creó" el Estado de Israel es un mito, y la propia declaración de Israel en su documento fundacional de que la Resolución 181 de Naciones Unidas constituyó la autoridad legal para la creación de Israel, o de alguna manera constituyó el "reconocimiento" por parte de la ONU del "derecho" de los judíos sionistas a expropiar para sí mismos la tierra árabe y negar a la mayoría de la población árabe su propio derecho a la auto-determinación, es un fraude patente.


Otras conclusiones pueden extraerse. El desastre infligido sobre Palestina no era inevitable. La ONU fue creada con el fin de evitar tales catástrofes. Pero fracasó miserablemente en ello en numerosos aspectos. Fracasó en su deber de remitir las cuestiones jurídicas de las reivindicaciones de Palestina ante la Corte Internacional de Justicia, a pesar de las peticiones de los Estados miembros de que lo hiciera. No utilizó todos los medios dentro de su autoridad, incluyendo el uso de fuerzas armadas, para mantener la paz e impedir la guerra que estaba predicha que ocurriría tras la finalización del Mandato británico. Y lo más importante, lejos de defender sus principios fundacionales, Naciones Unidasefectivamente actuó para impedir el establecimiento de un Estado independiente y democrático en Palestina, en violación directa de los principios de su propia Carta. Las consecuencias de éstas y otras fallas son aún presenciadas por el mundo hoy de manera cotidiana. El reconocimiento de la grave injusticia perpetrada contra el pueblo palestino en este aspecto, y el desvanecimiento de dichos mitos históricos, es esencial si se va a encontrar un camino hacia la paz y la reconciliación.



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